REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 13 de Abril de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000178
Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes de la Parroquia Macuto, estado vargas, a cargo de la ciudadana MERCEDES GONZALEZ DE ACOSTA, entre los ciudadanos MARIEDY SUSANA TORREALBA IRIARTE Y TOMAS MANUEL RODRIGUEZ SANTAMARIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-24.182.472 y V-19.273.111 respectivamente, a favor de sus hijos, los niños quienes nacieron el día 09 de julio de 2015 y 15 de septiembre de 2011, de nueve (09) meses de nacido y cuatro (04) años de edad respectivamente; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente; CÚMPLASE LO ORDENADO. -
La Jueza,

Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario,