REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 21 de abril de 2016
206º y 157º
ASUNTO: WP21-V-2015-000215
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en la oportunidad que se encontraba fijada para que tuviera lugar la Audiencia de Mediación de la audiencia preliminar en la presente demanda de Revisión de Obligación de Manutención, se deja expresa constancia de la no comparecencia de los ciudadanos MASIEL JOSEFINA SALAZAR GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 11.637.371 parte demandante y DAVID ANTONIO DURAN, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.224.111, parte demandada, ni por si ni por medio de apoderado alguno. En consecuencia, quien suscribe considera desistido el presente procedimiento y DECLARA EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con el artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Cúmplase lo ordenado.
La Jueza
Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria
Abg. Yira Ceballos Vera
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