TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, siete (07) de abril de dos mil dieciséis.-
AÑOS: 205° y 157°
Recibido por distribución escrito de solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, constante de UN (01) folio útil TREINTA Y NUEVE (39) folios útiles los recaudos consignados en la presente fecha, por la ciudadana YURKY MARYOLY GARCIA CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.790.377, quien actúa asistida por la Abogado en ejercicio CARIDAD DEL CARMEN SANTAELLA DE CHACON, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.643; en el cual expone: que el día 21 de febrero de 2016, falleció el ciudadano POLICARPO GARCIA ATUESTA, quien en vida fuese venezolano, divorciado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.779.032, quien estuvo domiciliado en Sabana Larga, vía El Llano, Pasaje Simón Bolívar, Casa N° 27 del estado Táchira; quien tuvo su deceso en el Hospital Central Dr. José María Vargas de esta Jurisdicción, a causa de “ENCEFALOPATIA HEPATICA CHILD PUGH C, SECUNDARIO A INSUFICIENCIA HEPATICA…”, según Certificado de Defunción N° 2943090, de fecha 21/02/2016, expedido por la Dra. ANA YORLEY MORA, titular de la cédula de identidad N° V-18.578.987; tal y como se desprende de Registro de Defunción N° 372, levantado el 21 de febrero de 2016, por ante el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira, habiendo presentado la solicitante los siguientes recaudos:
Copia certificada de Registro de Defunción N° 372 del año 2016, perteneciente a “POLICARPO GARCIA ATUESTA”, expedida el 26 del mes de febrero de 2016, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia simple de Sentencia de Divorcio dictada en fecha 18 de abril de 2006, en el Expediente N° 31718, motivo: Ruptura Prolongada de la Vida en Común, existente entre los ciudadanos: POLICARPO GARCIA ATUESTA y MARIA TERESA CONTRERAS DE GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.779.032 y V-22.632.573 en su orden; la cual fue expedida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
Copia fotostática de Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5699 Extraordinario de fecha 29 de marzo de 2004, la cual fue expedida el 08 de marzo de 2016, por la Oficina Estadal de Archivo, Gobernación del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 1226 del año 1982, perteneciente a “CARMEN YARISNEY”, expedida el 02 de marzo de 2016, por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 1106 del año 1983, perteneciente a “KELLY YUCCEHT”, expedida el 25 de febrero de 2016, por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 877 del año 1985, perteneciente a “YURKY MARYOLY”, expedida el 19 de junio de 2012, por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copia simple de Partida de Nacimiento N° 3235 de fecha 1986, perteneciente a “WILMER YOVANI”, expedida el 17 de agosto de 2015, por el Registro Civil Principal del estado Táchira.
Copia certificada de Partida de Nacimiento N° 419 del año 1995, perteneciente a “MARIANY YANISA”, expedida el 13 de junio de 2007, por el Registro Civil del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Copias simples de Cédulas de Identidad Nros. V-21.779.032, V-14.984.895, V-15.438.002, V-18.790.377, V-16.958.416, V-21.419.149, pertenecientes a los ciudadanos: POLICARPO GARCIA ATUESTA, CARMEN YARISNEY GARCIA CONTRERAS, KELLY YUCCEHT GARCIA CONTRERAS, YURKY MARYOLY GARCIA CONTRERAS, WILMER YOVANI GARCIA CONTRERAS, MARIANY YANISA GARCIA CONTRERAS, en su orden.-
Justificativo de Testigos N° 9471-16, evacuado el cinco (05) de abril de 2.016, por ante el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, donde rindieron su testimonio los ciudadanos: LEIDY YOHANA ESCOBAR CUADROS y CIRO ALFONSO RAMIREZ VERA, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nros. V-20.804.351 y V-5.661.353; quienes fueron contestes al declarar que les consta que el causante POLICARPO GARCIA ATUESTA, dejo como a sus Únicos y Universales Herederos a sus Hijos, que a continuación se especifica.
Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este JUZGADO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA las presentes diligencias suficientes para asegurarle a los ciudadanos: CARMEN YARISNEY GARCIA CONTRERAS, KELLY YUCCEHT GARCIA CONTRERAS, YURKY MARYOLY GARCIA CONTRERAS, WILMER YOVANI GARCIA CONTRERAS, MARIANY YANISA GARCIA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad, V-14.984.895, V-15.438.002, V-18.790.377, V-16.958.416, V-21.419.149; en su condición de Hijos del causante POLICARPO GARCIA ATUESTA, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS; y así se decide.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros.
Déjese copia certificada de las mismas para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.
Ana Lola Sierra
Juez Temporal
Darwin Rivas
Secretario Temporal
En la mima fecha se dictó y publicó la anterior decisión, quedando registrada bajo el Nº 5012, siendo las once y treinta minutos de la mañana (11:30 a.m.), y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.-
El Secretario
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