REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
ASUNTO: WP12-S-2015-001366
SOLICITANTES: JULIO CESAR HERNANDEZ YAJURE y JESUS ALBERTO HERNANDEZ YAJURE.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por los ciudadanos JULIO CESAR HERNANDEZ YAJURE y JESUS ALBERTO HERNANDEZ YAJURE, debidamente asistidos de abogado, mediante la cual solicita le fuese decretado a su favor y de sus hijos Título Supletorio sobre unas bienhechurías edificadas a sus solas y únicas expensas, sobre una parcela de terreno que no es propiedad del Municipio Vargas, ubicadas en Las Tunitas, Sector Carretera Vieja, Barrio Colina de Pariata, Casa S/N°, Jurisdicción de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas, cuyos linderos, medidas y formas de construcción se encuentran especificados en la solicitud, tal como se evidencia del Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0679-2015, emanado de la Dirección de Planeamiento y Control Urbano, Dirección de Catastro Municipal, cuyos contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta la existencia y construcción de tales bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos JULIO CESAR HERNANDEZ YAJURE y JESUS ALBERTO HERNANDEZ YAJURE, venezolanos, solteros, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.535.456 y V- 20.182.858 respectivamente, sobre las bienhechurías descritas en el Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DCM-CEB-0679-2015, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los trece (13) días del mes de abril del año dos mil dieciséis (2016). AÑOS. 205° de la Independencia y 157° de la Federación.
EL JUEZ,
DR. PEDRO LUIS FERMIN LA SECRETARIA,
ABG. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las 10:05am de la tarde, se publicó y registro la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
ABG. ZAYDA MIRANDA




PLF/ZM/JINET