REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

ASUNTO: WP12-S-2015-001657


SOLICITANTE: CALISTA TERESA UGUETO
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana CALISTA TERESA UGUETO, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre unas mejoras realizadas en unas bienhechurías de su propiedad, edificadas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno que dice ser de propiedad municipal, ubicado en el Sector denominado “Los Cocoteros”, casa s/n, Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del estado Vargas, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, nos corresponde emitir el correspondiente pronunciamiento.
Vistas las probanzas aportadas como fundamento de la solicitud, previamente analizadas, entre las cuales se encuentra el Titulo Supletorio evacuado en fecha 16/07/10, por ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, sustanciado en expediente signado con el N° S-8294/08, al que se le otorga valor probatorio, en cuanto del mismo se evidencia que las bienhechurías sobre las cuales se construyeron las mejoras cuyo título se pretende, pertenecen a la solicitante. Documento cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que la conocen y les consta la existencia y construcción de tales mejoras consistentes en una habitación, frente de cerámica, un baño con sus instalaciones sanitarias, la cocina empotrada, techo de platabanda con vigas para futuras construcciones, surgiendo en función de tales medios probatorios la posibilidad de reconocer el derecho de la solicitante en cuanto a su pretensión, así será dictaminado.
Siendo así, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: CALISTA TERESA UGUETO, quien es venezolana, soltera, mayor de edad y titular de la cédula de identidad numero V-3.608.304, respecto de las mejoras construidas a las bienhechurías de su propiedad descritas en la solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los veintiséis (26) días de Abril de 2016.
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
LA JUEZA,

DRA.SCARLET RODRIGUEZ
LA SECRETARIA

ABG. ANDREA MARCANO

En la misma fecha siendo las10:10 de la mañana, se publicó y registro la anterior sentencia.

LA SECRETARIA,


ABG. ANDREA MARCANO
SR/AM/MALYURI