TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 12 de agosto de 2016

206º y 157º

Vista la Solicitud de ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO presentada por el ciudadano ROBINSON RAMON MENDEZ GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.109.230, domiciliada en San Cristóbal, Estado Táchira, asistido por la abogado en ejercicio SANDRA CAROLINA RICO VIVAS, inscrita en el IPSA bajo el N° 105.039, constante de ONCE (11) folios utilizados, este Tribunal procedió a escuchar la declaración testifical de los ciudadanos ROSA VIRGINIA CONTRERAS y JOSE GERARDO PARADA CELIS, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad N°s V-11.495.849 y V-11.496.148, respectivamente, quienes son contestes en señalar que ciertamente el ciudadano DIMAS RAMON MENDEZ MORA, falleció en fecha 02 de abril de 2016 y que su único y universal heredero es el ciudadano ROBINSON RAMON MENDEZ GONZALEZ, insertas a los folios 08 al 11, respectivamente, fijadas mediante auto de fecha 19 de julio de 2016, inserto al folio 07, se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. En consecuencia, este Tribunal procedió a constatar la documentación presentada ante el fallecimiento del ciudadano DIMAS RAMON MENDEZ MORA, y así se evidencia de acta de defunción N° 684, de fecha 02 de abril de 2016, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en la cual consta que dejó un hijo, inserta a los folios 03 y 04.
Así mismo, se verificó la siguiente documentación: a) Copia de cédula del ciudadano ROBINSON RAMON MENDEZ GONZALEZ, folio 02; b) acta de defunción N° 684, de fecha 02 de abril de 2016, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, correspondiente al de cujus DIMAS RAMON MENDEZ MORA, folios 03 y 04; c) Copia de cédula del de cujus DIMAS RAMON MENDEZ MORA, folio 05; d) Partida de Nacimiento N° 01, de fecha 13 de enero de 1986, perteneciente a ROBINSON RAMON, expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Uribante del Estado Táchira, folio 06.
Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos consignados con la presente solicitud, para asegurarle al ciudadano ROBINSON RAMON MENDEZ GONZALEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-17.109.230, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, el CARÁCTER DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del de cujus DIMAS RAMON MENDEZ MORA, quien era italiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.031.858, fallecido el día 02 de abril de 2016, según acta de defunción N° 684, de fecha 02 de abril de 2016, quien en vida fuera padre del ciudadano ROBINSON RAMON MENDEZ GONZALEZ, ante identificado.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. NORMA MAGALLY ONTIVEROS CHACON
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.


Secretaria Temporal
RMCQ/Magally o.-
Sol. 468-16