TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, Cinco (05) Agosto del Dos Mil Dieciséis.-
206º y 157º
Visto el acto conciliatorio celebrado en esta misma fecha, por los ciudadanos: José Luis Sánchez Velazco; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.339.832, domiciliado en la casa Nº 18, Urbanización Bella Vista, del sector Llano de Los Zambrano, La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira y María Alejandra Ceballos Arrieta, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-28.131.000, domiciliada en la Carrera 12, Casa Nº 1-135, La Grita, Municipio Jáuregui del estado Táchira. En presencia del ciudadano Juez, el demandado en uso del derecho expreso sus argumentos: “…Señor Juez vengo aquí para cumplir con la obligación que tengo como padre y de acuerdo a mi capacidad económica le ofrezco la cantidad de Seis Mil Quinientos (Bs. 6.500,oo) mensuales ya que soy trabajador dependiente de un ministerio y lo que devengo es salario mínimo. La ciudadana MARÍA ALEJANDRA CEBALLOS ARRIETA solicitó el derecho de palabra y expuso lo siguiente, ESTOY DE ACUERDO con lo ofrecido por el padre de mi hija. No dijo más:…”. Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA; Decreta la Homologación del convenimiento efectuado por las partes y acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio al Banco Bicentenario Banco Universal para la apertura de la cuenta. Se imprimen dos ejemplares de esta decisión del mismo tenor y a un solo efecto para el copiador de sentencias del Tribunal.
El Juez,




Abg. José Agustín Pérez Villamizar
El Secretario,

Abg. Pablo Alirio Pastrán Contreras
EXP. N° 0279-2016
JAPV/nd.-

Diarizado N°