REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS.
206° y 157°

SOLICITUD: WP12-S-2016- 000914
SOLICITANTES: SONIA CONCEPCION CARDIEL DE CARABALLO, BACLY AGUSTIN CARABALLO CARDIEL, ROCIO ALEJANDRA DE LA CONCEPCION CARABALLO CARDIEL Y NELSON ENRIQUE CARABALLO CARDIEL.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por los ciudadanos SONIA CONCEPCION CARDIEL DE CARABALLO, BACLY AGUSTIN CARABALLO CARDIEL, ROCIO ALEJANDRA DE LA CONCEPCION CARABALLO CARDIEL Y NELSON ENRIQUE CARABALLO CARDIEL, asistidos por el abogado ANTONIO J. CARDIET C, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° V -165.991, mediante la cual solicitó se les declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto del de-cujus: NELSON ENRIQUE CARABALLO ALVAREZ, fallecido en fecha 30/05/2016, y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad número V-2.949.733. Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento del causante y su filiación con los solicitantes como esposa e hijos, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por los mencionados ciudadanos, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a los mismos y les consta el fallecimiento del causante y su relación con los peticionantes. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los ciudadanos SONIA CONCEPCION CARDIEL DE CARABALLO, BACLY AGUSTIN CARABALLO CARDIEL, ROCIO ALEJANDRA DE LA CONCEPCION CARABALLO CARDIEL Y NELSON ENRIQUE CARABALLO CARDIEL, como herederos del causante NELSON ENRIQUE CARABALLO ALVAREZ, por lo que, nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos SONIA CONCEPCION CARDIEL DE CARABALLO, BACLY AGUSTIN CARABALLO CARDIEL, ROCIO ALEJANDRA DE LA CONCEPCION CARABALLO CARDIEL Y NELSON ENRIQUE CARABALLO CARDIEL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-4.561.026, V- 14.071.876, V-19.273.569, y V-13.042.004, en su orden, con respecto de la de cujus: NELSON ENRIQUE CARABALLO ALVAREZ, 30/05/2016, y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad número V-2.949.733, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. -
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los ocho (08) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016).-AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ,


DR. PEDRO LUIS FERMIN
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA

En la misma fecha siendo las 10:10 a.m., se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,


Abg. ZAYDA MIRANDA
PLF/ZM