REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
AÑOS. 206 de la Independencia y 157 de la Federación.
ASUNTO: WP12-S-2016- 000693
SOLICITANTE: DANNELLIS DEL CARMEN LEON SUAREZ venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°. V-16.507.474
ABOGADO ASISTENTE: Dany Gillen inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 211.230.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana DANNELLIS DEL CARMEN LEON SUAREZ, respecto de la de cujus: ELIZABETH SUAREZ RODRIGUEZ, quien falleció en fecha veintiséis (26) de Febrero del año 2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad Nro. V-5.093.695; Asimismo, vistas las documentales aportadas, analizadas y valorizadas conforme a lo establecido en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil y las que adminiculadas a los testimoniales rendidas en este Tribunal, apreciadas y valoradas por quien esto decide, por haber sido firmes y contestes los testigos en sus deposiciones se evidenció, tanto el fallecimiento de la causante como su filiación con la solicitante como hija, por lo que habiéndose demostrado en autos la correspondencia con los hechos alegados por la solicitante, resulta en consecuencia procedente reconocer el derecho de la ciudadana DANNELLIS DEL CARMEN LEON SUAREZ, como heredera de la causante ELIZABETH SUAREZ RODRIGUEZ. por lo que, nada obsta para que éste Tribunal así lo declare.
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana DANNELLIS DEL CARMEN LEON SUAREZ, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°. V-16.507.474, con respecto de la de cujus: ELIZABETH SUAREZ RODRIGUEZ, quien falleció en fecha veintiséis (26) de Febrero de 2016 y quien en vida era titular de la cédula de identidad Nro.V-5.093.695, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los nueve (9) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016).
LA JUEZA,
DRA. ANA TERESA AYALA
EL SECRETARI0,
ABG. ROMER DI GIANVINCENCIO
En la misma fecha siendo las 10:30a.m, se publicó y registro la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO,
ABG. ROMER DI GIANVINCENCIO
ATA/RDG/Yaneiza
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