REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016- 001062
SOLICITANTE: LUZ MARINA BRITO PADILLA
ABOGADO ASISTENTE: MARIA ALEJANDRA PARRA, IPSA N° 85.432
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por la ciudadana Luz Marina Brito Padilla, mediante la cual solicitó se les declare a ella, a su señora madre Elia Margarita Padilla, y a sus hermanos Regina Del Valle Brito padilla, Odalys Margarita Brito Padilla, Marleny Del Valle Brito Padilla y Yonny Rafael Brito Padilla, respecto del de cujus Domingo Antonio Brito Zapata, fallecido en fecha 06 de junio del año 2016, y ex titular de la cédula de identidad número V-2.168.872. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ELIA MARGARITA PADILLA, LUZ MARINA BRITO PADILLA, REGINA DEL VALLE BRITO PADILLA, ODALYS MARGARITA BRITO PADILLA, MARLENY DEL VALLE BRITO PADILLA y YONNY RAFAEL BRITO PADILLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números V-4.117.588, V-11.064.451, V-6.474.426, V-6.492.162, V-10.578.418 y V-11.058.494, en su orden con respecto del causante DOMINGO ANTONIO BRITO ZAPATA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, al primer (1°) día del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016).-
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las dos y catorce pasado meridiem (02:14 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO
WSM/DP/dionis
WP12-S-2016- 001062