REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-000775
SOLICITANTE: CARLOS SIMON BELLO RENGIFO y CARLOS ALEJANDRO BELLO RODRIGUEZ
ABOGADO ASISTENTE: VALENTINA RODRIGUEZ, IPSA N° 52.321
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vista la solicitud formulada por los ciudadanos CARLOS SIMON BELLO RENGIFO y CARLOS ALEJANDRO BELLO RODRIGUEZ, mediante la cual solicitaron se les declare, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de la de cujus GLADYS JOSEFINA RODRIGUEZ DE BELLO, ex titular de la cédula de identidad número V-5.537.410, fallecida en fecha 09 de marzo del 2016. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes, por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CARLOS SIMON BELLO RENGIFO y CARLOS ALEJANDRO BELLO RODRIGUEZ mayores de edad, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad números V-3.398.283 y V-20.220.532, en su orden, con respecto de a la de cujus GLADYS JOSEFINA RODRIGUEZ DE BELLO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los doce (12) días del mes agosto de del año dos mil dieciséis (2016).-
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las dos y veintiséis pasado meridiem (02:26 p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO

WSM/DP/almeide