REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-000590
SOLICITANTE: YOE SILVESTRE MONASTERIO PARICA
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud presentada por el ciudadano YOE SILVESTRE MONASTERIO PARICA, asistido de abogado, mediante la cual solicitó se les declare a él y a sus hermanos, ciudadanos MELANIO ANTONIO MONASTERIO PARICA, YAN CARLOS MONASTERIO PARICA, ANA ARELIS MONASTERIO PARICA, JUAN CARLOS MONASTERIO PARICA, ESCARLETH COROMOTO MONASTERIO PARICA, AYARI JACQUELINE PARICA, JONATHAN JAVIER MONASTERIO PARICA, FRANYELIS EDUARDO PARICA PARICA, ROBER ALBERTO ROSALES PARICA, y CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PARICA, UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, respecto de la de-cujus: ARIANIS PARICA, ex titular de la cédula de identidad número V-6.476.028 fallecida en fecha 23/02/2014. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de los solicitantes por lo que nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos MELANIO ANTONIO MONASTERIO PARICA, YOE SILVESTRE MONASTERIO PARICA, YAN CARLOS MONASTERIO PARICA, ANA ARELIS MONASTERIO PARICA, JUAN CARLOS MONASTERIO PARICA, ESCARLETH COROMOTO MONASTERIO PARICA, JONATHAN JAVIER MONASTERIO PARICA, AYARI JACQUELINE PARICA, CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ PARICA, FRANYELIS EDUARDO PARICA PARICA, ROBER ALBERTO ROSALES PARICA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédula de identidad números V-12.865.054, V-12.865.053, V-13.572.876, V-12.865.165, V-16.726.125, V-18.535.659, V-18.140.648, V-18.536.071, V-21.194.236, V-24.801.378, V-28.156.256, en su orden, con respecto de la de cujus ARIANIS PARICA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.- Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016).-
AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.-
EL JUEZ,

WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO
En la misma fecha siendo las doce y cuarenta pasado meridiem (12:40 p.m.), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

Abg. DENICE PINTO
WSM/DP/Kennynson