REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS

SOLICITUD: WP12-S-2016-000836
SOLICITANTE: DATZAIMY JOSE MARIA SUAREZ MARCANO
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana DATZAIMY JOSEMARIA SUAREZ MARCANO, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicitó se les declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, respecto del de-cujus: JOSE MARIA SUAREZ FERNANDEZ, fallecido en fecha 03/06/2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad número V-6.491.831.Asimismo, vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia el fallecimiento del causante y su filiación con la solicitante como hija, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la mencionada ciudadana, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a la misma y les consta el fallecimiento del causante y su relación con la peticionante. Examinadas las pruebas, se demuestra correspondencia con los hechos alegados por la parte solicitante, motivo por el cual este Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho de la prenombrada ciudadana, por lo que, nada obsta para que éste Tribunal declare ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la ciudadana DATZAIMY JOSEMARIA SUAREZ MARCANO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número V-18.534.023, respectivamente, con respecto del de cujus: JOSE MARIA SUAREZ FERNANEZ, fallecido en fecha 03/06/2016 y quien en vida fuese titular de la cédula de identidad número V-6.491.831, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. -
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los nueve (09) días del mes de agosto del año dos mil dieciséis (2016).-AÑOS. 206° de la Independencia y 157º de la Federación.
EL JUEZ,


ABG. CESAR FARIA
LA SECRETARIA,

ABG. NEYLA VELASQUEZ.
En la misma fecha siendo las 9:50 am, se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,

ABG. NEYLA VELASQUEZ.