JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, ocho de diciembre de dos mil dieciséis.-

206° y 157°

Visto el escrito de fecha 25 de noviembre de 2016, corriente a los folios 97 al 98, suscrito por el ciudadano ALEJANDRO ANTONIO USECHE SUAREZ, titular de la cédula de identidad N° V-19.133.305, asistido por el abogado JORGE WILFREDO CHACON MANTILLA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 52.845, parte demandante en la presente causa. Asimismo, el ciudadano CARMEN JULIO CAMACHO CASTRO, titular de la cédula de identidad N° V-26.788.430, asistido por el abogado UGLIS ANTONIO SALAVERRIA CASTILLO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 28.032, parte demandada en la presente causa, mediante la cual solicitan se homologue la transacción celebrada por las partes el 26 de octubre de 2016, en virtud de haberse cumplido con el pago de la totalidad del precio de venta conforme lo informado por las partes en el escrito presentado y, al evidenciarse que el actor recibió conforme el pago realizado por medio de cheque de gerencia N° 69009481, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versan sobre derechos disponibles, este tribunal da por consumado el acto, se le imparte la homologación de ley, y se acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.

FLOR MARIA AGUILERA ALZURU
JUEZ TEMPORAL

JOHANNA LISBETH QUEVEDO POVEDA
LA SECRETARIA TEMPORAL
En la misma fecha se publicó la anterior decisión previa las formalidades de Ley, a las once y treinta de la mañana y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
EXP. N° 35441