Se da inicio a la presente solicitud de Administración de Bienes presentada por la ciudadana IVONNE DEL CARMEN PINTO MARCANO, titular de la cédula de identidad Nº V-7.998.369, actuando en beneficio e interés de su hijo de dieciséis (16) años de edad, nacido en fecha 31-08-2000, en su condición de heredero de su progenitor hoy fallecido, ciudadano EFREN JOSE MARIN TOVAR, quien era titular de la Cédula de Identidad Nª V-10.577.762, fallecido en fecha 08-07-2016. En fecha 30 de noviembre de 2016, y recibido como fue proveniente de la Oficina URDD, se admitió y se fijó oportunidad para la celebración de la Audiencia Única de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 512 y 80 de la Ley orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a la cual acudió la solicitante y el adolescente en presencia de la Fiscal Quinta del Ministerio Público quien emitió opinión favorable.
DISPOSITIVA
Ahora bien, vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente expediente y visto igualmente el acta que antecede, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 513, segundo aparte de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente DECLARA CON LUGAR la Solicitud de Administración de Bienes, presentada por la ciudadana IVONNE DEL CARMEN PINTO MARCANO, en beneficio de su prenombrado hijo, heredero de su padre hoy fallecido, ciudadano EFREN JOSE MARIN TOVAR, para lo cual se acordó librar el correspondiente oficio a la Oficina de Talentos Humanos del Cuerpo de Bomberos del Distrito Capital, a los fines de que remitan cheque de Gerencia a nombre del adolescente, por la alícuota parte del dinero que por concepto de Prestaciones Sociales, Fideicomiso, Ahorros, Seguro de Vida, así como cualquier otro beneficio social, le corresponda en su condición de heredero de su padre fallecido, y se procedan al pago de la alícuota parte a la conyugue ciudadana BETTY TERESA MAYORA DE MARIN, titular de la cédula de identidad Nª V-9.997.487, nombrándose como correo especial a la ciudadana IVONNE DEL CARMEN PINTO MARCANO. Asimismo, este Tribunal, estará atento a los beneficios que recibirá el adolescente de autos en el presente asunto. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Nohemi Rosendo Reyes