Visto el presente convenimiento de Homologación de Deberes celebrado por ante la Unidad de Defensoría Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: JOSE FRANCISCO NAVAS HURTADO, GISELA TRINIDAD COBA, LAYNEL NAVARRO, EGLIS GONZALEZ y LAYONEL NAVARRO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V- 12.081.851, V-3.719.675, V-24.801.554 y V-24.801.539 en beneficio del adolescente de trece (13) años de edad, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 93 y 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 Ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.
La Juez,
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La secretaria,
Abg. Nohemí Rosendo Reyes