Visto el presente convenimiento de Homologación de Régimen de Convivencia Familiar celebrado por ante la Defensoría Municipal Nº 1 de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: JUAN ERASMO DELGADO JIMENEZ y EYDYMAR ORIANA LEON, titulares de las cedulas de identidad Nº V-16.106.728 y V-23.110.132, respectivamente, en beneficio de los niños, de uno (01) y cuatro(04) años de edad ambos, nacidos 09/12/2014 y 23/01/2012, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Jueza,
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria,
Abg. Nohemi Rosendo Reyes.
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