Visto el presente convenio de Homologación de obligación de manutención, celebrado ante por ante la DEFENSORIA MUNICIPAL DEL ESTADO VARGAS de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: JESUS ARNALDO GONZALEZ IZAGUIRRE Y AURISMAR ALEXANDER GAMERO RODRIGUEZ, titulares de las cedulas de identidad Nº V-17.709.295 y V-23.597.909, respectivamente, actuando en beneficio en interés del niño: de cuatro (04) años de edad nacido el 06-07-2012, este Tribunal le da entrada, lo anota en los libros respectivos y la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con el artículo 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las parte zs. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Nohemi Rosendo Reyes
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