Visto el presente convenio de Homologación de custodia, celebrado por ante la DEFENSORIA PUBLICA de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: TIFFANY SAMANTHA IWASAKI PEREZ Y ANDY MANUEL GOMEZ TOCUYO, titulares de las cedulas de identidad Nº V-20.870.713 y V-16.288.604. respectivamente, actuando en beneficio en interés de la niña: de seis (06) años de edad, nacida en fecha 21-04-2010, este Tribunal le da entrada, lo anota en los libros respectivos y la ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La jueza,
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La secretaria
Abg. Nohemí Rosendo