Vista el acta que antecede en la cual se dejo constancia que en horas de despacho del día veintinueve (29) de noviembre de 2016, estando presente la Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, ABG. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS y la Secretaria. Anunciado el acto por el Alguacil del Circuito en el asunto de LIQUIDACIÓN Y PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, se dejo expresa constancia de la comparecencia de las partes ciudadanos MANUEL FELIPE PACHECO NARVAEZ y MARIELKY ARELIS FERRER SANTOS, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V-2.941.246 y V-10.414.076, padres de la niña, de siete (07) años de edad y nacida en fecha 15/07/2009. Acto seguido la Juez procedió a ratificar a las partes en qué consiste la audiencia de mediación, su finalidad y conveniencia. En este estado toman la palabras las partes quienes libres de toda coacción manifiestan al Tribunal que declaran el Derecho y reconocen que el Único Bien de la Comunidad Conyugal está constituido por un inmueble ubicado en Avenida El Cementerio Pariata Parroquia Maiquetía del Municipio Vargas del Estado Vargas que les pertenece según documento de propiedad inscrito bajo el Nro. 2010.10640 Asiento registral 1 del inmueble matriculado con el Nro. 456.24.1.7.517 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2010, otorgado por ante la Oficina de Registro Publico del Segundo Circuito Municipio Vargas Estado Vargas, de fecha 29 de noviembre del año 2010 y que han decidido de mutuo acuerdo ponerla en venta en base a lo establecido en el Avalúo realizado por el perito Ing. Higol A .Lugo CI 8.178.843, manifestando expresamente las partes que están de acuerdo con el monto establecido. Declaran igualmente que todos los bienes muebles que se encuentran dentro de la vivienda son propiedad de la ciudadana MARIELKY ARELIS FERRER SANTOS, a fin de garantizar a la niña de siete (07) años de edad, el derecho a la estabilidad y al nivel de vida. En este estado esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, HOMOLOGA el presente ACUERDO TOTAL DE PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, celebrado entre los ciudadanos MANUEL FELIPE PACHECO NARVAEZ y MARIELKY ARELIS FERRER SANTOS, venezolanos mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad V-2.941.246 y V-10.414.076, en los términos por ellos acordados, todo de conformidad con lo dispuesto en el articu8lo 256 del Código de Procedimiento Civil. Expídase las copias del acuerdo y de la presente resolución que sean requeridas por las partes. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Nohemí Rosendo Reyes
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