REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes.
San Cristóbal, 19 de diciembre de 2016
206º y 157º
Por recibida la anterior solicitud de HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, constante de once -11- folios útiles, procedente Defensoría Municipal de Niños, Niñas Y adolescente del Municipio García de Hevia. Estado Táchira, acta suscrita entre de los ciudadanos YOSNEIGLY MERCEDES MEDINA ARENAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.169.360 y JHONNY JESUS MARQUEZ MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 24.781.020, en beneficio de la niña (SE OMITE SU NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), venezolana, de cuatro (04) años de edad según consta en acta de nacimiento N° 83, nacida en fecha 29/12/2012, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y por cuanto las partes llegaron al siguiente acuerdo:
• “El ciudadano JHONNY JESUS MARQUEZ MARQUEZ, tendrá un Régimen de Convivencia Familiar con su hija amplio y compartido.”
Por consiguiente ESTE JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente acuerda, procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se declara Terminado el presente Proceso. Expídase copia certificada a la parte interesada. Archívese el Expediente. Cúmplase.-
Abg. ANA MARIA ROA SIERRA
Juez Segundo de Primera Instancia de Mediación,
Sustanciación y Ejecución.
Abg. MAYTTE FORERO
Secretario.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.-
La Srío.
Exp. 40529
KYUP/leo
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