REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación 
 
Maiquetía, 12 de diciembre de 2016
 
206º y 157º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2016-000440
 
 
Visto el presente convenimiento de Custodia, celebrado por ante el Ministerio Publico en materia de Protección  de Niños, Niñas y Adolescentes  del estado Vargas, entre los ciudadanos  ANGIE CAROLINA CHINEA MANZANARES y CESAR ALEJANDRO BELMONTE GOYENECHE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-16.658.600 y V-14.202.160, respectivamente, a favor su hijo de tres (03) años, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 358 y 359  de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.  En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
 
LA JUEZ,
 
 
 
ABG. MARÍA EUGENIA BEDOYA
 
                                  LA SECRETARIA.
 
 
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