REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 15 de diciembre de 2016
 
206º y 157º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2016-000946
 
 
Visto el presente convenimiento de Convivencia Familiar celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico en Materia de Derechos  de  Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas entre los ciudadanos: NORELYS ELENA MORALES y JESUS ARQUIMEDES MENDOZA CAMPOS ,venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-17.965.818 y V-17.091.967 respectivamente, a favor de la niña de ocho (08) meses edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con los artículos 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
 
LA JUEZ
 
 
ABG. MARÍA EUGENIA BEDOYA GONZÁLEZ
 
LA SECRETARIA.
 
 
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