REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 14 de diciembre de 2016
206º y 157º
ASUNTO: WP21-J-2016-000908
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en la oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar la audiencia única de Jurisdicción Voluntaria de la presente solicitud de Divorcio, se deja expresa constancia de la NO comparecencia de los ciudadanos RUBEN EDUARDO LEON GUERRERO y CELIDE NOREXA DIAZ LADERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.567.129 y V-16.284.424, respectivamente. En consecuencia, esta Juez del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, considera desistido el procedimiento y DECLARA EXTINGUIDA la instancia, de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se ordena devolución de documentos originales consignados, previa certificación por secretaria. Ciérrese el presente caso. Archívese el expediente, y remítase al Archivo Judicial en su oportunidad. Cúmplase lo ordenado.-
El Juez
Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario.
|