REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 5 de diciembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000877

Visto el presente convenimiento de Custodia celebrado, entre los ciudadanos: RONALD JESUS VELASQUEZ GONZALEZ y CARMEN JUDITH RIVERA TENIAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 7.993.311 y V-7.990.366, respectivamente, a favor del niño de diez (10) años de edad debidamente asistidos por la profesional del derecho MARIA PINTO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 247.180; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con el artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez.,


Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria.,


Abg. Thamara Briceño Yari.