REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 8 de diciembre de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000775

Visto el presente convenimiento de Cumplimiento de Deberes celebrado por ante la Defensoría Municipal de Niño, Niña y Adolescente del estado Vargas entre la ciudadana SHARON DAYANA GIL APONTE y la adolescente de quince (15) años de edad, titulares de las cédula de identidad Nros V-11.638.347 y V-29.572.297, respectivamente, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con los artículos 93 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-

LA JUEZA

DRA. MARIA EUGENIA BEDOYA

LA SECRETARIA.