Gado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, veintisiete de Enero de dos mil dieciséis.
205° y 156°
Vista la diligencia de fecha 19 de Enero de 2016, suscrita por el ciudadano JIMMY HUMBERTO MARQUEZ CHACON, titular de la cédula de identidad N° V-14.626.216, asistida por la abogada KAREN GLICEHT VARGAS CASIQUE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 206.791, actuando con el carácter de demandante, por una parte y por la otra parte los ciudadanos JHONNY ALBERTO MARQUEZ CHACON y BLANCA YENIREX MARQUEZ CHACON, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.755.902 y V-16.744.184, asistidos por la abogada KARINA LISSET CASIQUE ALVIAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 74.552, actuando con el carácter de parte demandada, en la que el demandante DESISTE de la presente demanda de Partición en todas y cada una de sus partes y los demandados en esta misma diligencia convienen de desistimiento realizado por la parte demandante, de la presente demanda de Partición en todas y cada una de sus partes, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal da por consumado el acto, se le imparte la HOMOLOGACIÓN de Ley, se acuerda Proceder como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada.
La Juez Temporal
FLOR MARIA AGUILERA ALZURU
La Secretaria Temporal
ANA RAYBETH ZAMBRANO PASTRAN
Exp. N° 35258
Elena
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