REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 15 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO: WP21-H-2015-001034

Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante la Red de Defensoria Municipal del Estado Vargas, entre los ciudadanos: DERVIN ALIDO MENA ARMAR Y NEIGLYS YANET AREVALO SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-14.768.072 y V-16.310.935, respectivamente, a favor de los niños de diez (10) y seis (06) años de edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 Ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-

La Jueza,

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La secretaria,

Abg. Yira Ceballos Vera