REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 19 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: WP21-J-2015-001290
Vista la solicitud de Carga Familiar presentada por la ciudadana BELKIS LILIANA HENRIQUEZ PEROZO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.994.250, actuando en favor de su nieto, el niño de cinco (05) meses de edad, hijo de su hija, la adolescente titular de la cedula de identidad V- 26.822.282; debidamente asistidos por la Defensa Pública Tercera, mediante la cual solicita del Tribunal que el prenombrado niño sea incluido como su CARGA FAMILIAR en su lugar trabajo. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas; esta Jueza pasa a determinar de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica Para a Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Principio de la Doctrina de Protección Integral y el Interés Superior del Niño. En consecuencia se DECRETA el presente JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, a favor del niño. En tal sentido, se ordena expedir copias certificadas del presente auto a la parte interesada. Y librar Oficio a la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio Publico, a los fines de hacer de su conocimiento el presente decreto. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los archivos judiciales. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Yumarly Gómez García
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