REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 21 de Enero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: WP21-J-2015-001324
Vista la solicitud de Carga Familiar presentada por el ciudadano RONALD ALBERTO RODRIGUEZ PARRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.689.918, actuando en favor de la niña de siete (07) años de edad, debidamente asistido por la Defensora Pública Segunda, ABG. GLEYKA ZAMORA, mediante la cual solicita del Tribunal que la prenombrada niña sea incluida como su CARGA FAMILIAR en su lugar trabajo. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas; esta Jueza pasa a determinar de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica Para a Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Principio de la Doctrina de Protección Integral y el Interés Superior del Niño. En consecuencia se DECRETA el presente JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, a favor de la niña quien es hija de la concubina del solicitante, la ciudadana YALUZMAR COROMOTO UGUETO LIENDO, titular de la cedula de identidad V- 18.141.766. En tal sentido, se ordena expedir copias certificadas del presente auto a la parte interesada. Ofíciese lo conducente al Director de Recursos Humanos de la Fundación Misión Milagros, a los fines de hacer de su conocimiento el presente decreto. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión al Archivo Judicial. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Yumarly Gómez García
|