REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 22 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO: WP21-H-2015-001052


Visto el presente convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar celebrado por ante la Defensoría Publica Segunda en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos CARLOS ORAMAS y MARIA EUGENIA SUCRE, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 20.559.847 y V-15.835.734, respectivamente, a favor del niño de un (01) año de edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
LA JUEZA,
DRA. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS.
LA SECRETARIA,