REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 26 de enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO: WP21-H-2015-001166

Visto el presente convenimiento de Deberes celebrado por ante la Defensoría Municipal de Derechos en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos RODRIGUEZ GUSTAVO ALFONSO, padre venezolano titular de la Cédulas de Identidad Nro V-11.638.333 y el adolescente de trece (13) y niño de siete (07) años de edad, respectivamente y se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.
El Juez

Abg. María Eugenia Bedoya González
El Secretario