REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetía, 26 de enero de 2016
 
205º y 156º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2015-001166
 
 
Visto el presente convenimiento de Deberes  celebrado por ante la Defensoría Municipal de Derechos en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos RODRIGUEZ GUSTAVO ALFONSO, padre venezolano  titular de la Cédulas de Identidad Nro V-11.638.333  y el adolescente de trece (13) y niño de siete (07)  años de edad, respectivamente y se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.  En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.
 
El Juez
 
 
Abg. María Eugenia Bedoya González
 
El Secretario
 
 
 
 |