REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 26 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO: WP21-H-2015-001174

Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención celebrado por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: BERNARDO JOSE BLANCO LEON y KEYBERTH DEL CARMEN BLANCO LEON, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-18.534.606 y V-16.508.010, respectivamente, a favor de sus hijos de ocho (08), cuatro (04) y tres (03) años de edad respectivamente; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO. -
La Jueza,

Abg. María Eugenia Bedoya
La Secretaria,


Abg. Nohemi Rosendo Reyes