REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, lunes veinticinco (25) de febrero del año dos mil quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO: WP11-L-2014-000024
Vista la sentencia dictada de fecha dieciséis (16) de diciembre del año dos mil quince (2015), dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la apoderada judicial de la parte actora, se CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de fecha nueve (09) de octubre de 2015, en donde se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demandada por cobro de diferencias de Prestaciones Sociales y otros beneficios, incoada por el ciudadano DANNY RAFAEL CABRERA, contra la Sociedad Mercantil TEAM 321, C.A., y definitivamente firme como se encuentra; este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS ( Bs. 37.500, 00), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 18.750, 00). En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada a pagar DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 18.750, 00). Este Tribunal fija para el día martes primero (01) de marzo del dos mil dieciséis (2016) a las once (11:00 a. m.) horas de la mañana, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
LA JUEZ
Dra. IMPERIO SALAZAR YEPEZ
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EL SECRETARIO,
Abg. REYNALDO BASILE
Partes: DANY RAFAEL CABRERA Vs. Entidad de Trabajo “TEAM 321, C.A.”
Motivo: Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos.
EXP. WP11-L-2014-000024
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