REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 15 de febrero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: WP21-H-2016-000065
Visto el presente convenimiento de Instituciones Familiares celebrado por ante la Defensoría Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: ESCOBAR BOLIVAR WILLIAMS JOSE Y LAYA FIGUEROA MARIA ALEJANDRA, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad nros V- 19.797.576 Y V- 21.191.874, respectivamente, a favor del niño de cuatro (04) años de edad, nacido el día 09/03/2011.; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria,
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