REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 24 de Febrero de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2016-000082

Vista la solicitud formulada por la ciudadana MAIGLEBER ALEXMAR CORDERO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.483.011, actuando en nombre y representación de su hija: de cuatro (04) años de edad, nacida el 21-07-2011, asistidas por el Abogado en ejercicio EVELIO ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.226, mediante la cual solicita del Tribunal sea declarado TITULO DE PERPETUA MEMORIA y se les tenga como Única y Universal Heredera del De Cujus LUIS GUILLERMO PLAZ MORIN, ex-titular de la Cédula de Identidad N° V-18.324.622, a su hija, la niña de cuatro (04) años de edad. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 17 y 18 de la Ley Orgánica de Registro Civil, sin perjuicio de terceros que pudiesen tener igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA, del De Cujus LUIS GUILLERMO PLAZ MORIN, ex-titular de la Cédula de Identidad N° V-18.324.622, y UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a favor de su hija la niña de cuatro (04) años de edad. Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjese copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto, así como su remisión a Archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado.
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Nohemi Rosendo Reyes