REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 3 de febrero de 2016
205º y 156º

ASUNTO: WP21-H-2016-000001


Visto el presente convenimiento de Responsabilidad de Crianza (Custodia) celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: VERONICA JOSETH PHENELOPE SALAZAR SALAZAR Y GERSON MAYFREDI BARCENAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-24.334.159 y V-22.040.293, respectivamente, a favor del niño de un (01) año de edad; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 511 en concordancia con el artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.
LA JUEZA

ABG. MERCEDES VARGAS VILLALOBOS
LA SECRETARIA,