REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 3 de Febrero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: WP21-J-2015-001359
Vista la solicitud de Carga Familiar presentada por la ciudadana LILIAN JOSEFINA FRANCO SANDOVAL, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V10.577.094, actuando en favor de los niños de dos (02) meses y de tres (03) años de edad, nacidos el 06-10-15 y 18-12-12, debidamente asistidos por la Defensa Pública, mediante la cual solicita del Tribunal que los prenombrados niños sean incluidos como su CARGA FAMILIAR en su lugar trabajo. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas; esta Jueza pasa a determinar de conformidad con el artículo 8 de la Ley Orgánica Para a Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Principio de la Doctrina de Protección Integral y el Interés Superior del Niño. En consecuencia se DECRETA el presente JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, a favor de los niños: de dos (02) meses y de tres (03) años de edad. En tal sentido, se ordena expedir copias certificadas del presente auto a la parte interesada. Ofíciese lo conducente al Coordinador de Recursos del IDENNA, a los fines de hacer de su conocimiento el presente decreto. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los archivos judiciales. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Yumarly Gómez García
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