REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 10 de febrero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: WP21-V-2016-000006
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana BEATRIZ DEL CARMEN HIDALGO VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-17.408.199, mediante la cual la parte actora desiste del procedimiento de Custodia y la demandada conviene en ello y por cuanto ambas partes antes identificados solicitan se homologue el desistimiento en mención, esta Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el desistimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ella expuesto. Asimismo, se ordena la devolución de documentos originales, previa certificación por Secretaria y la expedición de las copias certificadas el presente auto y del convenio que requieran las partes. Igualmente, se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
LA JUEZA,
ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
ABG. NOHEMI ROSENDO
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