REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 23 de febrero de 2016
205º y 157º

ASUNTO: WP21-H-2016-000081

Visto el presente convenimiento de Deberes celebrado por ante la Unidad de Defensoría Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos: IRIARTE SUAREZ PENELOPE Y PITOCCO ORAMAS JEAN CARLOS, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad NROS V- 15.774.041 Y V- 15.544.400, respectivamente, a favor del niño, de siete (07) años de edad, fecha de nacimiento 06/05/2008; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 93,202 y 315 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,

ABG. María Eugenia Bedoya

La Secretaria,