REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 5 de febrero de 2016
 
205º y 156º
 
 
ASUNTO: WP21-H-2016-000023
 
 
              Visto el presente convenimiento de Homologación de Responsabilidad de Crianza,  celebrado por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico en materia de Protección   de  Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos:  JOHAN MANUEL RODRIGUEZ MARTINEZ Y ROSSYMAR PARRA FERRER, titulares de las cedulas de Identidad Nº V-13.224.285 Y V- 17.154.056, en beneficio del niño de dos (02) años de edad, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 385 y 386 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.  En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
 
LA  JUEZA, 
 
 
ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA
 
 
LA SECRETARIA,
 
 
 
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