REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 5 de febrero de 2016
205º y 156º
ASUNTO: WP21-V-2015-000190
Visto el desistimiento planteado por la parte actora, ciudadano ALBERT ANTONIO GIL BELLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.642.524, así como la constancia en el Sistema Juris de que las partes intervinientes del presente asunto formularon Divorcio 185-A, el cual fue sentenciado en fecha 18/11/15, y ejecutado en fecha 11/01/16, esta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA desistido en los mismos términos y condiciones expuesto por el ciudadano ALBERT ANTONIO GIL BELLO. Asimismo, se ordena la devolución de documentos originales, previa certificación por Secretaria y de las copias certificadas el presente auto y del convenio que requieran las partes. Igualmente, se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,
Dra. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria.,
Abg. Nohemí Rosendo
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