REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
Maiquetía, 05 de Febrero de 2016.-
205º y 156º

ASUNTO: WP12-S-2016-000019
SOLICITANTE: CLAUDIA NORBERTA MENDOZA MORALES
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por la ciudadana CLAUDIA NORBERTA MENDOZA MORALES, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre unas mejoras realizadas a las bienhechurías edificadas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno que no le es propio, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en el Barrio Nuevo Mundo, Parroquia Macuto, Municipio Vargas del estado Vargas, tal como se evidencia del Titulo Supletorio evacuado ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30/03/1982; vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas no le es propio, por lo que habiendo constancia en autos del respectivo Titulo, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por la solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen a la misma y les consta la existencia y construcción de tales bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana CLAUDIA NORBERTA MENDOZA MORALES, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.090.116, sobre las bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los cinco (05) días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis (2016). AÑOS. 205° de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ,

Abg. GERARDO FREITES GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA
En la misma fecha siendo las doce y treinta y dos minutos de la tarde (12:32 p.m), se publicó y registro la anterior sentencia.-
LA SECRETARIA,
Abg. ZAYDA MIRANDA

GF/ZM/dioni.-