REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Maiquetía, cuatro (04) de febrero de dos mil dieciséis (2016)
205º y 156º
ASUNTO: WN11-S-2011-000093.

SOLICITANTE: URANIA MARGARITA PREZ DE SOLORZANO, IRIS LEONOR PERE, LUISA VICTORIA PEREZ DE BRAVO, INES MARIA PEREZ DE ANTEQUERA, MARIA JOSEFINA PEREZ DE SILVERIO Y GARY JOSE PEREZ.-
REPRESENTANTE JUDICIAL: JEANNETTE ROMERO DE VILLALOBOS, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 20319.
MOTIVO: RECTICACION DE ACTA DE DEFUNCION.

Por ante el Juzgado Distribuidor de Municipio fue presentada solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, intentada por los ciudadano URANIA MARGARITA PREZ DE SOLORZANO, IRIS LEONOR PERE, LUISA VICTORIA PEREZ DE BRAVO, INES MARIA PEREZ DE ANTEQUERA, MARIA JOSEFINA PEREZ DE SILVERIO Y GARY JOSE PEREZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-4.557.560, V-5.091.362, V-2.898.012, V-4.117.082, V-3.248.894 y 6.470.105, respectivamente. Efectuado el sorteo correspondiente fue asignada a este tribunal, el cual se le dio entrada en fecha 01 de marzo de 2011. Ahora bien; se observa que desde el 22 de mayo de 2012, no consta actividad alguna con posterioridad a dicha actuación, por lo que este Tribunal pasa a resolver sobre la misma en los siguientes términos:
Nuestro máximo Tribunal de la República, en Sentencia de la Sala Constitucional, Exp N° 0001786, de fecha 1° de junio de 2001, ratificada el 28 de octubre de 2003, sostiene lo siguiente:
“(…) Dentro de las modalidades de extinción de la acción, se encuentra-como apunta esta Sala- pérdida del interés, lo cual puede ser aprehendido por el juez sin que las partes lo aleguen, y que tiene lugar cuando el accionante no quiere que se sentencie la causa, lo que se objetiviza mediante la pérdida total de impulso procesal que le corresponde. …”.
De las actas procesales se evidencia que desde el día 22 de mayo de 2012, la presente solicitud ha permanecido inactiva, lo que hace presumir a esta Juzgadora que la parte actora no tiene interés jurídico en que la pretensión sea resuelta por este Tribunal, por lo que este Juzgado debe considerar que el accionante ha perdido interés jurídico, motivo por el cual resulta forzoso para este juzgador declarar la Perdida de Interés en el dispositivo del presente fallo. Así se decide.
DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara; LA PÉRDIDA DEL INTERÉS de la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION, presentada por los ciudadanos URANIA MARGARITA PEREZ DE SOLORZANO, IRIS LEONOR PEREZ, LUISA VICTORIA PEREZ DE BRAVO, INES MARIA PEREZ DE ANTEQUERA, MARIA JOSEFINA PEREZ DE SILVERIO Y GARY JOSE PEREZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-4.557.560, V-5.091.362, V-2.898.012, V-4.117.082, V-3.248.894 y 6.470.105, respectivamente.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la anterior decisión en el copiador de sentencias de este Tribunal.
Así mismo se ordena la remisión al ARCHIVO JUDICIAL una vez vencido el lapso legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, a los cuatro (04) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2.016). Años 204º de la Independencia y 156º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. MARYSABEL BOCARANDA M.
LA SECRETARIA
ABG. CARLIS PINTO
En esta misma fecha y siendo las 1:34 P.M. se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ABG. CARLIS PINTO
MBM/MSG/jf