REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE ESTADO VARGAS
Maiquetía, 12 de Febrero de 2016.-
205º y 156º
ASUNTO: WP12-S-2015-001888
SOLICITANTE: TONY ALEXIS KUBAR LEON
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.
Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, presentada por el ciudadano TONY ALEXIS KUBAR LEON, mediante la cual solicitó le fuese decretado Título Supletorio sobre unas mejoras realizadas a unas bienhechurías edificadas a sus solas y únicas expensas sobre un lote de terreno que no es propiedad Municipal, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, ubicado en Mare Abajo, Calle Andrés Eloy Blanco frente a la plaza Los Blancos, Casa S/N/, Parroquia Carlos Soublette, Municipio Vargas del estado Vargas, tal como se evidencia Titulo Supletorio signado con el Nro. WP12-S-2014-001646, en fecha 18/09/2014, por este Tribunal; vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas NO ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS, por lo que habiendo constancia en autos del respectivo Titulo, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones de los testigos presentados por el solicitante, quienes fueron contestes al afirmar que conocen al mismo y les consta la existencia y construcción de tales bienhechurías, nada obsta para que éste Tribunal declare TÍTULO SUPLETORIO a favor del ciudadano TONY ALEXIS KUBAR LEON, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-9.997.020, sobre las bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los doce (12) días del mes de Febrero del año dos mil dieciséis (2016). AÑOS. 205° de la Independencia y 156º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. CESAR FARIA
EL SECRETARIO,
GAMAL SAI GAMARRA
En la misma fecha siendo las 1:30 p.m, se publicó y registro la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO,
GAMAL SAI GAMARRA
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