REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
206 y 157°
ASUNTO: SP01-L-2015-000262
PARTE ACTORA: DORIS VILLAMIZAR JAIMES, con cédula de identidad N° V.-13.038.281
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: LENIS FARFAN LOZANO, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.229.306, con Inpreabogado Nro.144.821
PARTE DEMANDADA: LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA en la persona del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO TÁCHIRA
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA TRINIDAD BECERRA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.847.387, con Inpreabogado Nro.89.778
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES

En el día hábil de hoy, once (11) de julio de 2016, siendo las 11 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, habiéndose dejado transcurrir los 10 minutos de espera acordados en el acta de fecha 24 de mayo de 2016, comparece por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la apoderada de la parte demandada MARIA TRINIDAD BECERRA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nro.V-12.847.387, con Inpreabogado Nro.89.778, tal como consta en poder otorgado ante la Notaria Pública Cuarta de San Cristóbal, en fecha 09 de marzo de 2016, anotado bajo el Nro.05, Tomo 24, que se encuentra agregado en los folios 26 y 27 del expediente, se deja constancia que la parte demandante DORIS VILLAMIZAR JAIMES, con cédula de identidad N° V.-13.038.281, no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí, ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por la ciudadana DORIS VILLAMIZAR JAIMES, con cédula de identidad N° V.-13.038.281, contra LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA en la persona del PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO TÁCHIRA, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ


ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA

La Presente,


APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA:
MARIA TRINIDAD BECERRA ROJAS