Vista la solicitud formulada por la ciudadana FRANCIA COROMOTO SIVERIO CABRISE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.093.227, quien actúa en nombre propio y representación de la adolescente de quince (15) años de edad, nacida en fecha 17/02/2001, así como a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER MASA SIVERIO, EDELVYS COROMOTO MASA SIVERIO, KATHERINE ISABEL MASA HIDALGO Y SAGIHT DIPRED MASA HIDALGO, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad V-29.911.092, V- 24.334.552; V- 18.535.420; V- 13.223.794 y V- 12.164.943; debidamente asistidas por el Profesional del Derecho PEDRO JOSE BLANCO LAYA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 164.755. Asimismo, evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas, esta Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, de conformidad con lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros que pudiesen tener igual o mejor derecho, declara las presentes actuaciones de JUSTIFICATIVO DE PERPETUA MEMORIA del De Cujus FREDDY JOSE MASA, ex titular de la cedula de identidad 3.949.079, a favor de su cónyuge la ciudadana FRANCIA COROMOTO SIVERIO CABRISE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.093.227, de la adolescente, así como a los ciudadanos FRANCISCO JAVIER MASA SIVERIO, EDELVYS COROMOTO MASA SIVERIO, KATHERINE ISABEL MASA HIDALGO Y SAGIHT DIPRED MASA HIDALGO, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad V-29.911.092, V- 24.334.552; V- 18.535.420; V- 13.223.794 y V- 12.164.943, respectivamente. Devuélvanse las presentes actuaciones en original con sus resultas y déjese copias certificadas de las mismas en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente asunto, así como su remisión al Archivo Judicial. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Nohemí Rosendo Reyes