Por recibido el presente asunto de solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA, presentado por la ciudadana DELAINE QUINTERO BERMUDEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-15.831.001, a favor del adolescente de doce (12) años de edad, nacido el 14-11-03, asistidos por la Defensora Publica Tercera, ABG. LUISA CEDEÑO, este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con el artículos 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución ACUERDA y AUTORIZA a la ciudadana DELAINE QUINTERO BERMUDEZ, antes identificada, a los fines de que tramite la visa a favor del adolescente: de doce (12) años de edad, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículo 22 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Para tales efectos, se ordena Oficiar a la Embajada de Estados Unidos de América en Venezuela. Expídase por Secretaría copia certificada del presente Decreto. Se ordena devolución de originales previa certificación por Secretaria. Asimismo, se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase.-
La Jueza,

Dra. Mercedes Vargas Villalobos.
La Secretaria,

Abg. Nohemi Rosendo Reyes