REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 14 de julio de 2016
206º y 157º

ASUNTO: WP21-J-2016-000435
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente y por cuanto se observa que en la oportunidad fijada por el Tribunal a los fines de tener lugar la audiencia única de Jurisdicción Voluntaria de la presente solicitud de Divorcio, se deja expresa constancia de la NO comparecencia de los ciudadanos AUDRY RAUL SANCHEZ CARTAYA y MARILUZ MEDINA DE SANCHEZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.373.509 y V-13.827.213, respectivamente. En consecuencia, esta Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento de conformidad con el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda la devolución de los documentos originales, previa certificación en autos. Ciérrese el presente caso. Archívese el expediente, así como su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ,

ABG. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ
LA SECRETARIA,