REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 18 de julio de 2016.
Año 206º y 157º.-

ASUNTO Nº WP21-H-2016-000333

Visto el presente convenimiento de Obligación de Manutención, celebrado por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Vargas, entre los ciudadanos VALERA SAMUEL JOSUE Y MUJICA MUJICA MARIA ALEJANDRA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-17.866.486 y V- 16.762.190, respectivamente, a favor del niño de CUATRO (04) años de edad, nacido en fecha 14/01/2012; se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 en concordancia con los artículos 365 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 518 ejusdem, HOMOLOGA el convenimiento antes señalado en los mismos términos y condiciones por ellos expuesto. Expídanse las copias certificadas del presente auto y del convenio que requieran las partes. CÚMPLASE LO ORDENADO.-
La Juez,

Abg. María Eugenia Bedoya
La Secretaria,